Corte Constitucional Admite demandas contra la Ley Lleras

La Corte Constitucional notificó la admisión de las Sentencias por inconstitucionalidad de los senadores Jorge Robledo y Camilo Romero

No se ha cumplido fallo de Corte Constitucional

Despues de 6 años de la existencia del polémico fallo de la Corte Constitucional en el que aprueba en 3 casos el aborto, la in-eficiencia sigue evidente..

Corte avaló adopción de menores hecha por periodista homosexual

En una histórica decisión, la Corte Constitucional avaló este martes la adopción de dos menores de edad al estadounidense Chandler Burr,

Corte Constitucional Tutela a Favor de Homosexuales

La Corte Constitucional decidió imponer una sanción moral a un Centro Comercial en Cali que expulsó a dos homosexuales de su espacio.

Corte Constitucional deja vivas las altas pensiones de congresistas

Los magistrados se declararon inhibidos. Demandante anunció que volverá a presentar recurso.

lunes

Demandan ante la Corte Constitucional norma de adecuación agrícola del TLC



Un grupo de manifestantes disfrazados de verduras y hortalizas presentaron ante la Secretaria de la Corte Constitucional una demanda contra la norma de adecuación de la agricultura establecida en Tratado de Libre Comercio firmado entre Colombia y Estados Unidos.
Según los demandantes, ese punto del TLC busca patentar la producción de semillas en Colombia, hecho por el cual se afectaría el trabajo de los campesinos colombianos, quienes se verían obligados a comprar semillas genéticamente modificadas.
Los manifestantes demandaron la Ley 1518 de 2012, según la cual impediría en el futuro a los campesinos colombianos producir alimentos de origen vegetal, cuya creación sea reconocida a un determinado productor agrícola.
La demanda señala que las semillas colombianas no pueden ser de propiedad de nadie ya que solo las grandes industrias podrían acceder a ellas, dejando por fuera a los campesinos que incluso verían en peligro su autosostenibilidad.
En este sentido señala les obligaría a comprar semillas importadas, lo cual traería además consecuencias en la calidad del producto.
En el acto, los artistas disfrazados de tomates, papas, entre otros productos, cuestionaron seriamente la falta de control por parte del Gobierno de Colombia para proteger los derechos de los campesinos.

Derechos Reservados. www.elespectador.com

Corte Constitucional Admite demanda Ley Lleras



El tribunal definirá si la norma, aprobada en abril pasado en el marco del TLC, viola algún derecho.

La Corte Constitucional acaba de admitir las demandas de constitucionalidad que interpusieron los senadores del Polo Democrático Jorge Enrique Robledo y Camilo Romero contra la llamada Ley Lleras 2.0, la cual suscitó tantas críticas entre los internautas.

Las demandas se presentaron contra la Ley 1520 del 13 de abril del 2012, norma que firmó el presidente Juan Manuel Santos, tras la aprobación exprés del Congreso, en el marco de la Cumbre de las Américas. Esta norma es la misma que se expidió para que el TLC con Estados Unidos pudiera arrancar.

En el caso del senador Robledo, la norma restringe el uso de internet para difundir información lo que, en su criterio, afecta los derechos de los internautas a acceder y divulgar la información que considera pertinente.

Así mismo, para Robledo la ley no protege ni a los artistas ni a los creadores de una obra. También violó las normas constitucionales que regulan el trámite de los proyectos de ley de este tipo. "Es claro que no se podía tramitar por la Comisión Segunda, sino se tenía que hacer por la Comisión Primera porque se trata de derechos de autor", dijo el senador Robledo.

Por su parte, el senador Romero insiste en que la norma viola los derechos a la igualdad, a la intimidad, a la libertad de expresión, al debido proceso y a la unidad de materia.

"No solo no compartimos el procedimiento con el que se tramitó la Ley Lleras 2.0 en el Congreso de la República, sino que además, en su contenido se hallan artículos que vulneran los derechos a la libertad de expresión y a la intimidad, consagrados en nuestra carta política. Lo advertimos desde el momento en el que fue radicado el proyecto de ley con mensaje de urgencia del Gobierno Nacional", afirmó Romero.
La demanda de Romero está en el despacho del magistrado Jorge Pretelt y, la de Robledo, en el de Humberto Sierra.

Sobre este tema, el Gobierno ha manifestado en varias ocasiones que la norma demandada no revivió la Ley Lleras, que fue tumbada en el Congreso el año pasado, y que esta no afecta la libertad de expresión.

El entonces ministro del Interior, Germán Vargas Lleras, afirmó en abril pasado que las sanciones contempladas por almacenamiento y reproducción de información sin autorización del autor excluye los temas académicos.

"Los estudiantes están debidamente protegidos. El derecho de almacenamiento que podrían reclamar los estudiantes ya está en curso es una expresión del derecho de reproducción, así lo concibe el Gobierno y por eso creemos que ese derecho está debidamente protegido", explicó Vargas Lleras.

Derechos reservados. www.eltiempo.com

Corte Constitucional no decide sobre pensiones de Congresistas


Los magistrados se declararon inhibidos. Demandante anunció que volverá a presentar recurso.

Las pensiones millonarias de congresistas y magistrados quedaron vivas con la decisión de la Corte Constitucional de declararse inhibida para hacer un pronunciamiento de fondo sobre la demanda que pretendía tumbar los privilegios pensionales de congresistas y magistrados.

Después de más de casi un año de trámite, la Sala Plena del alto tribunal consideró que el reurso presentado no tenía suficientes argumentos para tomar una decisión de fondo sobre este tema. Es por eso que la Corte no rechaza la demanda y se puede volver a presentar.

La consecuencia directa de esa determinación es que, por ahora, las polémicas mesadas seguirán pagándose, aunque la acción puede volver a presentarse.

La ponencia inicial retiraba las gabelas, sin embargo la Corte decidió inhibirse, coincidiendo con la posición que recomendó la Procuraduría.

El demandante, el abogado Dionisio Araújo Angulo, exdirector de Defensa Judicial de la Nación, dijo que volverá a presentar la demanda y calificó la decisión de la Corte Constitucional de "sorprendente".

El trámite de la demanda duró más de un año debido a que cuatro de los nueve magistrados del alto tribunal se declararon impedidos para decidir en el caso, pues están próximos a la pensión.

Los cinco restantes no llegaron a un acuerdo unánime sobre la ponencia inicial, que retiraba las gabelas en las pensiones, lo que llevó al nombramiento de cuatro conjueces.

Los puntos clave de la demanda

Araújo demandó el artículo 17 de la Ley 4 de 1992. Argumenta que desde el 2005, en virtud de un acto legislativo, se prohíben los regímenes especiales. Además, que la norma viola el derecho a la igualdad de los demás jubilados.

El demandante señaló que el artículo también desconoce la sostenibilidad y el carácter razonable del sistema de pensiones.

Con la decisión conocida este jueves, la Corte dejó vivo el artículo 17 de la Ley 4 de 1992, que fija el régimen salarial de congresistas y empleados públicos y que ha venido siendo invocado para aprobar mesadas que violan el tope legal impuesto hace 6 años en la Constitución (mediante un acto legislativo): 25 salarios mínimos (14'167.500 pesos).

Tutelas y fallos que cuestan hasta 20 billones

Esta norma dejó abierto un boquete jurídico que con tutelas, demandas y reliquidaciones, excongresistas y ex altos funcionarios de la Procuraduría, la Fiscalía y las cortes han logrado que la justicia les otorguen pensiones de hasta 31 millones.

El artículo demandado permite fijar mesadas equivalentes al 75 por ciento del último salario, en lugar de promediar lo recibido en los últimos diez años, como ordena la ley.

Según cálculos del Gobierno, estos fallos le costarían al país entre 11 y 20 billones de pesos en los próximos años y reventarían el sistema.
Para ayudar a cerrar el boquete, el Fondo de Previsión del Congreso demandó 461 de las 900 pensiones de excongresistas: 106 se liquidaron con el artículo demandado, y el resto, con gabelas que valen 116.000 millones al año.

Derechos Reservados. www.eltiempo.com

viernes

Soldado le ganó tutela al Ejército argumentando objeción de conciencia





El soldado Wilmar Darío Gallo Alcaraz, perteneciente a  la Cuarta Brigada del Ejército,ganó una tutela que había tramitado al considerar que la institución militar no le respetaba el derecho a la objeción de conciencia.  La Corte Constitucional revisó la tutela y ordenó al Ejército la entrega de la libreta militar al soldado y su inmediatadesvinculación de la institución. 

Gallo Alcaraz,  perteneciente a la Iglesia Pentecostal Unida de Colombia, estuvo un año en el batallón Nutibara, en el municipio de Fredonia, ubicado al suroeste del departamento de Antioquia. Durante los 360 días que estuvo en el Ejército jamás le tocó disparar un arma. Eso fue una fortuna para el soldado de 19 años, considerando que esta práctica está prohibida  por su religión. 

La Corte Constitucional, que revisó los argumentos del soldado, manifestó que el Ejército Nacional estaba desconociendo un precedente importante de la corporación en el año 2009, en donde se señala que es lícito aplicar la objeción de conciencia al servicio militar obligatorio en el marco de la libertad de religión y cultos.
Al respecto, el comandante de la zona de reclutamiento y control de reservas del Ejército, Johnny Hernando Bautista, había pedido rechazar la tutela porque, según él, la objeción de conciencia no tenía sustento legal en Colombia, algo que para la Corte fue un argumento inadmisible.

DERECHOS RESERVADOS. Elespectador.com