Corte Constitucional Admite demandas contra la Ley Lleras

La Corte Constitucional notificó la admisión de las Sentencias por inconstitucionalidad de los senadores Jorge Robledo y Camilo Romero

No se ha cumplido fallo de Corte Constitucional

Despues de 6 años de la existencia del polémico fallo de la Corte Constitucional en el que aprueba en 3 casos el aborto, la in-eficiencia sigue evidente..

Corte avaló adopción de menores hecha por periodista homosexual

En una histórica decisión, la Corte Constitucional avaló este martes la adopción de dos menores de edad al estadounidense Chandler Burr,

Corte Constitucional Tutela a Favor de Homosexuales

La Corte Constitucional decidió imponer una sanción moral a un Centro Comercial en Cali que expulsó a dos homosexuales de su espacio.

Corte Constitucional deja vivas las altas pensiones de congresistas

Los magistrados se declararon inhibidos. Demandante anunció que volverá a presentar recurso.

lunes

Demandan ante la Corte Constitucional norma de adecuación agrícola del TLC



Un grupo de manifestantes disfrazados de verduras y hortalizas presentaron ante la Secretaria de la Corte Constitucional una demanda contra la norma de adecuación de la agricultura establecida en Tratado de Libre Comercio firmado entre Colombia y Estados Unidos.
Según los demandantes, ese punto del TLC busca patentar la producción de semillas en Colombia, hecho por el cual se afectaría el trabajo de los campesinos colombianos, quienes se verían obligados a comprar semillas genéticamente modificadas.
Los manifestantes demandaron la Ley 1518 de 2012, según la cual impediría en el futuro a los campesinos colombianos producir alimentos de origen vegetal, cuya creación sea reconocida a un determinado productor agrícola.
La demanda señala que las semillas colombianas no pueden ser de propiedad de nadie ya que solo las grandes industrias podrían acceder a ellas, dejando por fuera a los campesinos que incluso verían en peligro su autosostenibilidad.
En este sentido señala les obligaría a comprar semillas importadas, lo cual traería además consecuencias en la calidad del producto.
En el acto, los artistas disfrazados de tomates, papas, entre otros productos, cuestionaron seriamente la falta de control por parte del Gobierno de Colombia para proteger los derechos de los campesinos.

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Corte Constitucional Admite demanda Ley Lleras



El tribunal definirá si la norma, aprobada en abril pasado en el marco del TLC, viola algún derecho.

La Corte Constitucional acaba de admitir las demandas de constitucionalidad que interpusieron los senadores del Polo Democrático Jorge Enrique Robledo y Camilo Romero contra la llamada Ley Lleras 2.0, la cual suscitó tantas críticas entre los internautas.

Las demandas se presentaron contra la Ley 1520 del 13 de abril del 2012, norma que firmó el presidente Juan Manuel Santos, tras la aprobación exprés del Congreso, en el marco de la Cumbre de las Américas. Esta norma es la misma que se expidió para que el TLC con Estados Unidos pudiera arrancar.

En el caso del senador Robledo, la norma restringe el uso de internet para difundir información lo que, en su criterio, afecta los derechos de los internautas a acceder y divulgar la información que considera pertinente.

Así mismo, para Robledo la ley no protege ni a los artistas ni a los creadores de una obra. También violó las normas constitucionales que regulan el trámite de los proyectos de ley de este tipo. "Es claro que no se podía tramitar por la Comisión Segunda, sino se tenía que hacer por la Comisión Primera porque se trata de derechos de autor", dijo el senador Robledo.

Por su parte, el senador Romero insiste en que la norma viola los derechos a la igualdad, a la intimidad, a la libertad de expresión, al debido proceso y a la unidad de materia.

"No solo no compartimos el procedimiento con el que se tramitó la Ley Lleras 2.0 en el Congreso de la República, sino que además, en su contenido se hallan artículos que vulneran los derechos a la libertad de expresión y a la intimidad, consagrados en nuestra carta política. Lo advertimos desde el momento en el que fue radicado el proyecto de ley con mensaje de urgencia del Gobierno Nacional", afirmó Romero.
La demanda de Romero está en el despacho del magistrado Jorge Pretelt y, la de Robledo, en el de Humberto Sierra.

Sobre este tema, el Gobierno ha manifestado en varias ocasiones que la norma demandada no revivió la Ley Lleras, que fue tumbada en el Congreso el año pasado, y que esta no afecta la libertad de expresión.

El entonces ministro del Interior, Germán Vargas Lleras, afirmó en abril pasado que las sanciones contempladas por almacenamiento y reproducción de información sin autorización del autor excluye los temas académicos.

"Los estudiantes están debidamente protegidos. El derecho de almacenamiento que podrían reclamar los estudiantes ya está en curso es una expresión del derecho de reproducción, así lo concibe el Gobierno y por eso creemos que ese derecho está debidamente protegido", explicó Vargas Lleras.

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Corte Constitucional no decide sobre pensiones de Congresistas


Los magistrados se declararon inhibidos. Demandante anunció que volverá a presentar recurso.

Las pensiones millonarias de congresistas y magistrados quedaron vivas con la decisión de la Corte Constitucional de declararse inhibida para hacer un pronunciamiento de fondo sobre la demanda que pretendía tumbar los privilegios pensionales de congresistas y magistrados.

Después de más de casi un año de trámite, la Sala Plena del alto tribunal consideró que el reurso presentado no tenía suficientes argumentos para tomar una decisión de fondo sobre este tema. Es por eso que la Corte no rechaza la demanda y se puede volver a presentar.

La consecuencia directa de esa determinación es que, por ahora, las polémicas mesadas seguirán pagándose, aunque la acción puede volver a presentarse.

La ponencia inicial retiraba las gabelas, sin embargo la Corte decidió inhibirse, coincidiendo con la posición que recomendó la Procuraduría.

El demandante, el abogado Dionisio Araújo Angulo, exdirector de Defensa Judicial de la Nación, dijo que volverá a presentar la demanda y calificó la decisión de la Corte Constitucional de "sorprendente".

El trámite de la demanda duró más de un año debido a que cuatro de los nueve magistrados del alto tribunal se declararon impedidos para decidir en el caso, pues están próximos a la pensión.

Los cinco restantes no llegaron a un acuerdo unánime sobre la ponencia inicial, que retiraba las gabelas en las pensiones, lo que llevó al nombramiento de cuatro conjueces.

Los puntos clave de la demanda

Araújo demandó el artículo 17 de la Ley 4 de 1992. Argumenta que desde el 2005, en virtud de un acto legislativo, se prohíben los regímenes especiales. Además, que la norma viola el derecho a la igualdad de los demás jubilados.

El demandante señaló que el artículo también desconoce la sostenibilidad y el carácter razonable del sistema de pensiones.

Con la decisión conocida este jueves, la Corte dejó vivo el artículo 17 de la Ley 4 de 1992, que fija el régimen salarial de congresistas y empleados públicos y que ha venido siendo invocado para aprobar mesadas que violan el tope legal impuesto hace 6 años en la Constitución (mediante un acto legislativo): 25 salarios mínimos (14'167.500 pesos).

Tutelas y fallos que cuestan hasta 20 billones

Esta norma dejó abierto un boquete jurídico que con tutelas, demandas y reliquidaciones, excongresistas y ex altos funcionarios de la Procuraduría, la Fiscalía y las cortes han logrado que la justicia les otorguen pensiones de hasta 31 millones.

El artículo demandado permite fijar mesadas equivalentes al 75 por ciento del último salario, en lugar de promediar lo recibido en los últimos diez años, como ordena la ley.

Según cálculos del Gobierno, estos fallos le costarían al país entre 11 y 20 billones de pesos en los próximos años y reventarían el sistema.
Para ayudar a cerrar el boquete, el Fondo de Previsión del Congreso demandó 461 de las 900 pensiones de excongresistas: 106 se liquidaron con el artículo demandado, y el resto, con gabelas que valen 116.000 millones al año.

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viernes

Soldado le ganó tutela al Ejército argumentando objeción de conciencia





El soldado Wilmar Darío Gallo Alcaraz, perteneciente a  la Cuarta Brigada del Ejército,ganó una tutela que había tramitado al considerar que la institución militar no le respetaba el derecho a la objeción de conciencia.  La Corte Constitucional revisó la tutela y ordenó al Ejército la entrega de la libreta militar al soldado y su inmediatadesvinculación de la institución. 

Gallo Alcaraz,  perteneciente a la Iglesia Pentecostal Unida de Colombia, estuvo un año en el batallón Nutibara, en el municipio de Fredonia, ubicado al suroeste del departamento de Antioquia. Durante los 360 días que estuvo en el Ejército jamás le tocó disparar un arma. Eso fue una fortuna para el soldado de 19 años, considerando que esta práctica está prohibida  por su religión. 

La Corte Constitucional, que revisó los argumentos del soldado, manifestó que el Ejército Nacional estaba desconociendo un precedente importante de la corporación en el año 2009, en donde se señala que es lícito aplicar la objeción de conciencia al servicio militar obligatorio en el marco de la libertad de religión y cultos.
Al respecto, el comandante de la zona de reclutamiento y control de reservas del Ejército, Johnny Hernando Bautista, había pedido rechazar la tutela porque, según él, la objeción de conciencia no tenía sustento legal en Colombia, algo que para la Corte fue un argumento inadmisible.

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Corte avaló adopción de menores hecha por periodista homosexual



"Estoy muy contento", dijo Chandler Burr, padre adoptivo de los niños tras conocer la decisión.

En una histórica decisión, la Corte Constitucional avaló este martes la adopción de dos menores de edad al estadounidense Chandler Burr, quien estuvo a punto de perder la custodia debido a que el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (Icbf) consideró que había ocultado su orientación sexual.
El alto tribunal ordenó que se otorgue definitivamente la custodia a Burr y dejó sin efecto todas las resoluciones dictadas previamente por el Icbf en este caso.
En diálogo con La W, Chandler Burr dijo estar muy contento con la decisión de la Corte, aunque aclaró que se enteró de ella a través de los medios de comunicación.
“Estoy muy contento, pero me entero por los periodistas. Estaba durmiendo y me llamaron para decirme que ganamos . Estamos muy, muy contentos”, afirmó en un corto diálogo con esa emisora.

Detalles de la decisión
Aunque el Icbf le había devuelto los menores de 10 y 13 años a Burr en diciembre, la Corte ratificó la unión de esta familia reconociendo la idoneidad del estadounidense como padre de los menores.
"La orientación sexual del adoptante no puede ser considerada per se como un factor de riesgo para los derechos de los niños adoptados", citó la organización Colombia Diversa a través de un comunicado. Y agrega que medidas como las de separar a los niños de sus familias y ubicarlos en un hogar sustituto "no pueden basarse en apariencias, preconceptos o prejuicios".
"La Corte abrió un espacio de garantía de derecho basado en la justicia y no en el prejuicio. Este es un fallo histórico que da una directriz, un derrotero para el caso de las parejas homosexuales que sigue el jueves en Sala Plena. Este era el único derecho que le faltaba por ser reconocido a los homosexuales", dijo el abogado Germán Rincón Perfetti.
En el mismo sentido se pronunció Marcela Sánchez, abogada de Colombia Diversa quien junto con la organización Dejusticia llevaron este caso a la Corte Constitucional.
Sánchez aseguró que es un fallo que sienta jurisprudencia. "Es claro en reconocer que la homosexualidad no es una falta de idoneidad para adoptar", afirmó.
"Lo novedoso del caso es que ahora es la Corte Constitucional la que ratifica la unificación de esa familia. La homosexualidad, queda claro en el fallo, es un hecho irrelevante a la hora de pensar en darle la adopción individual a una persona. Es mucho más importante saber si el niño está bien con ese padre o madre. Esa es la figura de la adopción consentida", dijo Sánchez.
Los magistrados del alto tribunal tenían que sacar adelante dos decisiones: una, la del estadounidense. Y otra, la de dos lesbianas de Medellín a las que el Bienestar Familiar les negó la adopción de la hija biológica de una de ellas.
En este caso, la ponencia del exmagistrado Juan Carlos Henao asegura que la adopción sí es viable, basada en las últimas decisiones de la Corte que reconocen las uniones entre parejas de un mismo sexo como una forma de familia. Esta posición será votada el próximo jueves.
REDACCIÓN JUSTICIA

martes

Fallo de la Corte Constituconal, no se cumple



Decisión de la Corte Constitucional sigue sin pasar a la práctica. Tribunal prepara pronunciamiento.

En seis años, desde que ese tribunal ordenó proteger el derecho de las mujeres a interrumpir el embarazo en casos de malformación del feto, riesgo para la vida de la madre o violación, las instituciones de salud han realizado apenas 1.102 de esos procedimientos.

A pesar de las órdenes de la Corte, ninguna autoridad tiene estadísticas de cuántas solicitudes se han radicado en Colombia desde el 2007. (Lea más noticias sobre la sentencia que despenalizó el aborto en Colombia para tres casos)

La Mesa por la Vida y la Salud de las Mujeres señala que aunque la sentencia (la 355 del 10 de mayo del 2006) es clara, las mujeres siguen encontrando trabas legales para interrumpir voluntariamente su embarazo en los casos despenalizados.
Esa ONG, que ha acompañado 360 casos, registra que solo seis de cada diez solicitudes ante el Sistema de Salud terminan en procedimientos quirúrgicos. Y en esos seis, siempre ha sido necesario interponer derechos de petición o tutelas.

"Ganamos el derecho pero sigue el proceso para que se haga efectivo", asegura Ariadna Tovar, del colectivo Womens Links Wordwide, que asesora a mujeres que se quieren practicar un aborto legal y que encuentran obstáculos en las EPS, hospitales o que son víctimas de señalamientos por intentar acogerse a la son estigmatizadas por la sociedad ante la decisión.
La situación de incumplimiento es tan grave que la Corte Constitucional prepara un nuevo pronunciamiento para recordarles a todas las instituciones relacionadas con el tema que cuando se cumplen las tres condiciones impuestas por el alto tribunal no existe posibilidad de que nieguen el derecho a abortar.

Los números, en todo caso, no coinciden. Según el Ministerio de Salud, en el 2010 solo 44 mujeres que denunciaron un abuso sexual se practicaron una interrupción voluntaria del embarazo. Pero ese mismo año Medicina Legal practicó 16.916 exámenes a víctimas de violación. Según denuncias de la Mesa de Trabajo, la negación al derecho de abortar en los casos despenalizados sigue dándose.
Caso de una menor violada
En un informe, se documenta el caso de una niña de 12 años, hija de una familia desplazada de Buenaventura, que hace algunos meses fue raptada por hombres armados.
En una semana fue víctima de abusos y quedó en embarazo. Durante tres meses, su tía (la madre de la menor es habitante de la calle y enferma mental) ahorró para enviar a Bogotá a la niña para que su hermana mayor la llevara a que le practicaran una interrupción voluntaria del embarazo.
Autoridades de salud del Distrito se negaron a realizar el procedimiento y remitieron a la niña a un hogar del Icbf. Fue necesaria la intervención de la Defensoría del Pueblo para que se procediera al aborto, ya en condiciones más riesgosas para la salud de la niña.

En estos seis años, en el país se han realizado 251 abortos legales por la causal de violación. Otros 516, por grave malformación del feto y 178 por riesgo para la vida de la madre. Hubo otros 157 casos cuyas causas específicas no aparecen en los registros.
"Al menos cuatro de cada diez mujeres que reclaman su derecho no pueden ejercerlo -dice Paola Salgado, abogada de la Mesa por la Vida y la Salud de las Mujeres-. No sabemos si su decisión es acudir a otros medios para interumpir el embarazo (...) Todas estas mujeres estaban en algunas de las tres causales y sin embargo les negaron el procedimiento porque los prestadores de salud hacen una interpretación restrictiva de la orden de la Corte".
Por su parte, otros organismos se ha pronunciado sobre el tema. La Procuraduría, por ejemplo, le envió a la Corte Constitucional un informe sobre el tema, en el que aboga por la promoción de la maternidad, de la paternidad, del respeto a la vida del bebé antes de nacer y claridad en la aplicación de la objeción de ciencia. (Lea la posición de la Procuraduría sobre la interrupción del embarazo).

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jueves

Corte Constitucional Tutela Homosexuales expulsados en CC



Esa decisión comprende ofrecer unas excusas públicas a una pareja que se besaba en ese lugar.

El caso surgió el 19 de enero del 2011 cuando Jimmy y Robbie se estaba besando y demostrando afecto en el establecimiento. Allí fue requerida por los vigilantes que les dijeron que se atentaba así contra la moral en presencia de niños y familias.
"Yo respeto su forma de pensar, pero ustedes tienen que comportarse o sino tienen que retirarse del Centro Comercial, por que aquí hay familias y niños", les dijo un guardia.

Dos días después la comunidad Lgtbi realizó una protesta titulada 'besatón', ante el centro comercial. Luis Felipe Rodríguez, uno de los voceros de la manifestación, dijo que se reclamó así por el tratamiento a la pareja. Así mismo, se acudió a la Defensoría del Pueblo y se emprendió una acción de tutela por una presunta discriminación.

Un juzgado 11 Penal Municipal no acogió la tutela al tener en cuenta que las directivas del centro comercial respondieron que no se tenían instrucciones en ese sentido y que el vigilante tomó ese comportamiento personal, motivado por valores morales y prejuicios.

La Corte Constitucional advirtió que no se pueden restringir a parejas del mismo sexo manifestaciones como besos y caricias en público, porque se violaría el derecho a la libertad individual. En ese sentido el gesto de la pareja es un acto de la naturaleza humana, derivado de la atracción y los afectos.

El personero de ºCali, Andrés Santamaría, quien ejercía entonces como Defensor Regional del Pueblo, dijo que el fallo "obliga a ofrecer excusas públicas a una pareja de homosexuales que fueron obligados a salir por sus manifestaciones de afecto".

"Hoy la Corte nos dio la razón y desde ahora las parejas homosexuales tienen los mismos derechos que las heterosexuales. A partir de ahora, cambia el panorama y este es un hecho sin precedentes, pues se reglamenta que ahora los centros comerciales no podrán, bajo ninguna circunstancia expulsar a una pareja homosexual", dijo el funcionario.

La Corte ordenó también a la empresa de vigilancia que imparta una cátedra sobre derechos humanos a sus guardias y prohibir todo acto de discriminación. Y advirtió a esas compañías que su labor policiva tiene restricciones, sólo opera en casos excepcionales y debe respetar las garantías constitucionales y las libertades de las personas, dijo Santamaría.

Por ahora, la pareja prefiere estar en reserva pero la comunidad dice que celebra la tutela como un reconocimiento a sus derechos.

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sábado

Corte Constitucional Avala Reforma a las Regalías



El alto tribunal consideró que reforma a la distribución de recursos se ajusta a la Carta Política.

En una dividida decisión, la Corte Constitucional consideró ajustada a la Carta Política la reforma que aprobó el Congreso y que modifica la distribución de las regalías en el país.

La norma, Acto Legislativo 5 del 2011 (que reforma los artículos 360 y 361 de la Constitución), pasó su examen en el tribunal constitucional con cinco votos a favor y cuatro en contra.

Según la Corte, la consulta a las comunidades indígenas no era un requisito necesario para aprobar la reforma constitucional.

"La disposición no afecta de manera específica, particular y directa a las comunidades indígenas o afrodescendientes, sólo contiene medidas generales", señaló uno de los magistrados que participaron en el debate.

Los magistrados desecharon como error que el Gobierno presentara la reforma al Congreso con la firma de dos ministros, el de Hacienda y el Minas y Energía.

Según el fallo, la firma del Presidente de la República no resultaba necesaria. A juicio de la Corte, los ministros también son considerados voceros legítimos del Ejecutivo.

Frente a los cargos de que la nueva manera de distribución y manejo de las regalías sustituía la Constitución, la Corte se declaró inhibida debido a que en este punto de la demanda no fue suficientemente sustentado.

El acto legislativo crea los Fondos de Ciencia, Tecnología e Innovación; de Desarrollo Regional; de Compensación Regional, y de Ahorro y Estabilización para cumplir con la distribución de los recursos de la regalías.
La Procuraduría, que pidió a la Corte Constitucional la aprobación de la reforma, señala en un concepto que no en todos los casos debe hacerse la consulta previa sobre una iniciativa legislativa que sea susceptible de afectar las comunidades étnicas.

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jueves

Este es un blog librepensante, con fundamentos académicos y fines propositivos relacionados con la difusión amplia y critica de información Jurídica en materia de Teoría Constitucional. Creado y mantenido por estudiantes de II semestre de Derecho de la Universidad de Cartagena.

domingo

El pulso de la Corte alrededor del reemplazo provisional de Henao



Después de la renuncia de Juan Carlos Henao a su cargo de magistrado para convertirse en rector de la Universidad Externado de Colombia, en la Corte Constitucional se vive un pulso alrededor de su reemplazo provisional porque su voto se había convertido en uno de los decisorios entre los liberales y los conservadores en los casos más polémicos.

En líneas generales, la Corte actual suele dividirse en tres bloques: un bloque liberal y más de izquierda integrado por Luis Ernesto Vargas, María Victoria Calle y en muchos temas, Jorge Iván Palacio. Otro bloque conservador y más de derecha, integrado por Jorge Pretelt, Mauricio González, Nilson Pinilla y en temas morales, Gabriel Mendoza. Y uno de centro, integrado por Humberto Sierra Porto y Juan Carlos Henao, que dependiendo del tema se alían con un bloque o con el otro.

Sin Henao -y en unos meses sin Sierra Porto-, este centro prácticamente desaparece y, dependiendo de quién los reemplace, el riesgo de polarización de la Corte aumenta. Adicionalmente, sin Henao, algunas batallas de los activistas de temas morales clave que están a punto de decidirse, como la adopción por parte de parejas homosexuales, están en riesgo.


Juan Carlos Henao renunció para convertirse en el rector de la Universidad Externado de Colombia. Dijo que tenía una 'deuda moral' con Hinestroza, su mentor, quien murió recientemente.

Humberto Sierra Porto, otro de los miembros de centro de la Corte, termina su período a principios del próximo semestre.

La Corte Constitucional está integrada por magistrados que vienen del sector judicial, del sector político y de la práctica profesional de abogado privado. Con la salida de Henao, se queda sin académicos.



El fiel de la balanza
Cuando Juan Carlos Henao fue ternado por el Consejo de Estado en 2009, su designación fue muy bienvenida por organizaciones sociales y por sectores académicos que veían en él la continuidad de una tradición de magistrados con trayectoria académica y un enfoque progresista.

Henao, de origen caleño, graduado de la Universidad Externado y con una maestría en derecho público y un doctorado en la Universidad Panthéon-Assas de Paris II, venía de ser profesor invitado de varias universidades de Francia y catedrático de la famosa Sciences Po de París y del Instituto de Altos Estudios de América Latina de París III. Tenía una vasta experiencia en temas de derecho administrativo, varias publicaciones bajo su nombre y fama de ser un auténtico progresista.

Cuando se conformó la nueva Corte, mucha gente anticipó que él sería el ‘Cepeda’ o el ‘Carlos Gaviria’ de esta corporación. Sin embargo, y quizás porque es difícil asumir ese rol en los primeros años en la Corte, Henao nunca asumió el liderazgo intelectual de la Corte como se esperaba. Algunos incluso le criticaron una cierta ‘falta de carácter’ para asumir posiciones más fuertes en casos como el del cumplimiento de la tutela de los desplazados.

De hecho, Henao no fue ponente de muchas sentencias duras. La más memorable fue la que tumbó la licitación de basuras en Bogotá por desconocer los derechos de los recicladores. Pero más allá de si tuvo un rol tan destacado o tan osado como esperaban algunos, con su salida se pierden dos cosas.

Por un lado, sin Henao y en menor medida sin Humberto Sierra, a quien se le vence su período a comienzos del próximo semestre, la Corte se queda sin académicos.

Si bien los demás magistrados han dictado clases, sus trayectorias han sido predominantemente en la Rama Jurisdiccional (como Vargas, Pinilla y Mendoza) o en el Gobierno y la política (como González y Pretelt) o en el derecho privado (como María Victoria Calle). Pero ninguno ha estado inmerso en los debates filosóficos del derecho contemporáneo como sí lo estaba Henao, que si bien había sido magistrado auxiliar del Consejo de Estado y asesor de la Procuraduría, su trayectoria ha sido esencialmente en la academia.

Esto en una Corte Constitucional es fundamental, porque los académicos aportan una visión más global correspondiente a la teoría del Estado y al papel de un tribunal constitucional en una democracia. Y además, en la práctica en Colombia, aportan una manera de tomar decisiones que puede estar más alimentada de teoría constitucional y experiencias de otros países, lo que enriquece la argumentación en Sala Plena y la elaboración de las sentencias.

Lo otro que se debilita con la salida de Henao, unida a la de Sierra Porto, es el bloque de centro que vota menos alineado ideológicamente y que por lo tanto evita que la Corte termine polarizándose.

En algunos temas, Henao se alió con el bloque conservador. Por ejemplo, cuando la Corte tumbó la ley que permitía que se le aplicara el principio de oportunidad a los combatientes paramilitares rasos como una forma de salvar el proceso de desmovilización, Henao salvó el voto con el bloque de derecha. También se unió a este bloque cuando votó con otros cuatro magistrados a favor de la ley que presentó Vargas Lleras para evitar que se cayera todo el proceso de Justicia y Paz.

Y, por otro lado, Henao siempre acompañó al bloque liberal de la Corte en temas morales como el aborto, la dosis personal, la separación Iglesia-Estado y el matrimonio gay. En julio de 2011, fue el autor del histórico fallo sobre el Matrimonio Igualitario, mediante el cual la Corte reconoció que las parejas del mismo sexo constituyen familia.

Ahora está pendiente de decisión de la Corte una tutela sobre un caso de adopción de dos mujeres lesbianas de Medellín, una de las cuales quiere adoptar el hijo de la otra, previo consentimiento de la madre biológica. El caso llegó a la Corte en marzo del 2010 y entró a consideración de la sala plena en febrero de 2011, pero desapareció en septiembre.

La razón para su desaparición es que el magistrado ponente Henao decidió no poner a discusión de la Corte esta tutela hasta que saliera el fallo sobre Matrimonio Igualitario, que la Corte aún no ha publicado, pues allí queda consignada la definición de familia. Como es un tema tan álgido, Henao consideró que era mejor contar con ese precedente.

También llegará en las próximas semanas o meses a Sala Plena la tutela del periodista del New York Times que adoptó a dos niños y cuyo tema de fondo ahora está pendiente de decisión en la Corte.

Este tema de la adopción por parte de parejas homosexuales ahora quedará dependiendo del magistrado que reemplace a Henao. Por eso, qué bloque gane el muñequeo para poner al magistrado encargado durante estos meses es tan importante. Los liberales quieren que el reemplazo venga del despacho de Henao mientras que los conservadores quieren que sea un magistrado auxiliar de otro despacho.

Y por eso, la salida de Henao –y sobre todo sus comentarios en los que se ufanaba de haber renunciado (“no lo pensé dos veces”, dijo)– decepcionaron a los activistas que veían en él una esperanza para ganar definitivamente esta batalla.

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martes

El reto de sacar tres reformas constitucionales en tres meses

Los retos de una apretada legislatura

El lunes vuelve el Congreso y en la agenda hay 3 reformas y otros proyectos de ley de alto impacto

Con el reto de sacar adelante en tres meses tres reformas constitucionales y otros proyectos de ley de alto impacto, mañana el Congreso regresa a sesiones ordinarias.
Entre el 20 de marzo y el 20 de junio los legisladores tendrán que evacuar las segundas vueltas (cuatro debates) de la reforma de la justicia y el marco para la paz, y avanzar en la primera parte del trámite de la enmienda constitucional sobre el fuero militar.
En materia económica, la apuesta del Gobierno estará en lograr la aprobación de la reforma tributaria, la cual, según el presidente Juan Manuel Santos, busca "corregir desigualdades" en el país.
El matrimonio gay será otro de los platos fuertes de esta apretada legislatura, ya que el próximo 26 de julio se cumplirá el primero de los dos años que dio la Corte Constitucional al Congreso para legislar sobre el tema.
Las presiones en los partidos de la Mesa de Unidad Nacional serán el otro frente que tendrá que atender el Ejecutivo. Entre los partidos de 'la U', Conservador, Liberal, Cambio Radical y Verde suman más del 90 por ciento del Legislativo, y el Gobierno tendrá que maniobrar con estas organizaciones si quiere avanzar en la aprobación de estas y otras iniciativas de trascendencia para el país.
1. Los desafíos en la reforma de la justicia
Este es uno de los proyectos de reforma constitucional que mayores controversias ha desatado en el país.
Aunque en un principio el Gobierno presentó un texto que había sido concertado con las altas cortes, en el camino dos de ellas (Consejo de Estado y Corte Suprema) se separaron de la discusión. Entre los temas polémicos están el juzgamiento a los altos funcionarios del Estado, las facultades nominadoras y designadoras de los altos tribunales y la eliminación de la sala administrativa del Consejo Superior de la Judicatura.
Uno de los temas que centrarán el debate será si se excluye o no el artículo que habla sobre el fuero militar, ya que los partidos de 'la U' y Conservador se han opuesto a ello. Por ser reforma de la Constitución, esta iniciativa debe superar ocho debates, de los cuales ya pasó los primeros cuatro.
2. Nueva herramienta para militares
El pasado viernes, acompañado de toda la cúpula militar, el ministro de Defensa, Juan Carlos Pinzón, radicó en el Congreso este proyecto de enmienda constitucional.
Aún no está definido si el artículo que habla sobre el juzgamiento a los militares, que es el fondo de esta iniciativa, será excluido o no de la reforma de la justicia.
Entre los principales puntos de la iniciativa están los tribunales de garantías penales para militares y la justicia penal policial.
3. Reglas para posible diálogo de paz
El marco jurídico para la paz es otra reforma constitucional que debe cumplir su segunda vuelta en esta legislatura.
La idea de este proyecto, de autoría del senador Roy Barreras, es darle al Presidente las herramientas para que, en el momento en que las condiciones estén dadas, pueda emprender procesos de paz. Luego de un amplio debate en la primera vuelta, se excluyó otorgarles vocería política a organizaciones al margen de la ley.
4. Reforma tributaria, la apuesta económica
El pasado sábado, al referirse a este proyecto, el presidente Juan Manuel Santos dijo que "hay mucho rico que no paga impuestos. A esos sí los vamos a poner a pagar, a los que no pagan sus impuestos, y vamos a corregir ese tipo de desigualdades en la reforma tributaria".
Entre los principales puntos están la reducción del impuesto de renta, que hoy día está en 33 por ciento; la modificación del tratamiento tributario a las donaciones, y la presentación automática de las declaraciones de renta para personas naturales y jurídicas.
5. Legislación sobre matrimonios gays
El próximo 26 de julio se cumple un año desde que la Corte Constitucional exhortó al Congreso a legislar sobre el matrimonio gay en Colombia. Desde entonces se han presentado dos proyectos de ley que buscan legislar sobre esta materia.
El primero es del representante a la Cámara de 'la U' Miguel Gómez, el cual crea un contrato civil que cobija a dos personas en seguridad social y derechos pensionales. El segundo, de su colega Guillermo Rivera, del Partido Liberal, que modifica el Código Civil para permitir este tipo de uniones.
Del periodico el tiempo.com